Objeto:
Fomentar los proyectos de inversión en activos materiales e inmateriales para la modernización productiva, conforme a lo establecido en la Orden del 20 de julio de 2020 de la Consejería de Empresa, Industria y Portavocía por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de apoyo a Inversiones Productivas y Tecnológicas COVID-19 cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia nº 182, del 7 de agosto de 2020.
Beneficiarios:
Autónomos o personas jurídicas comprendidas en la definición de pyme, dedicadas a cualquier sector de actividad, que se enfrentan a una falta de liquidez o a otro tipo de perjuicios significativos a raíz del brote de COVID-19, que realicen inversiones en centros de trabajo radicados en la Región de Murcia, siempre que tenga su sede social en España.
Financiación:
El crédito disponible máximo es de un millón quinientos mil euros ( 1.500.000 €) con la siguiente distribución estimativa:
–Anualidad 2020: 1.000.000 €
-Anualidad 2021: 500.000 €
Este crédito será financiado hasta el 80%, o con una tasa de cofinanciación superior en el caso en que se acuerde procedentemente, con recursos del FEDER, hasta un millón doscientos mil (1.200.000 €), asignados al INFO de la Región de Murcia con arreglo a la Subvención Global establecida mediante Decisión C(2015)3408 de la Comisión.
Cuantía de la Subvención:
Subvención a fondo perdido sobre los costes elegibles, con una intensidad máxima del;
50% para empresas medianas
65% para pequeñas empresas
85% para microempresas y autónomos
Con un importe máximo por beneficiario de 15.000 €
Costes y modalidades de proyectos elegibles:
Adquisición de activos materiales e inmateriales nuevos provenientes de terceros para la modernización productiva necesaria para:
-Incorporación de las empresas a fórmulas de teletrabajo y nuevos sistemas de comunicación
-Inversiones de elementos de protección y seguridad necesarios para poder llevar a cabo la actividad económica evitando posibles contagios de coronavirus.
Plazo de realización de los proyectos:
El plazo comenzará desde el 1 de marzo de 2020 y hasta 6 meses desde la notificación de la Resolución de Concesión de Ayuda. Este plazo podrá ser ampliado en 3 meses siempre y cuando se acredite la realización de al menos el 25% de la inversión aprobada.
Plazo de presentación de solicitudes:
Presentación de la solicitud por medios electrónicos, conforme al modelo que encontrará en la dirección: www.institutofomentomurcia.es/infodirecto.
De las 09:00h del día siguiente a la publicación del extracto de ésta convocatoria, hasta el 30 de septiembre de 2020.
Más Información:
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/522588